Los donatarios (organizaciones sociales que reciben la donación) deben informar al Servicio de Impuestos Internos el monto de las donaciones, el domicilio, rol único tributario, y la identidad del donante y del donatario.
Los donatarios también deben dar cuenta de haber recibido la donación mediante la extensión de un certificado a la empresa donante (Certificado 60)